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La oratoria jurídica ha sido considerada desde la antigüedad como una de las artes más nobles del discurso humano. Aristóteles en su obra Retórica planteó que los elementos que hacen eficaz la comunicación persuasiva en el ámbito público, es decir que el dominio de la palabra permite al jurista estructurar argumentos sólidos y persuadir con fundamentos racionales y éticos.
“El arte de la retórica consiste en la capacidad de descubrir los medios de persuasión disponibles en cada caso” (Aristoteles, 2007, p.25).
De acuerdo con Atienza, la oratoria jurídica constituye una competencia esencial para el razonamiento crítico y la ética profesional del abogado, enfatizando la necesidad de que la educación superior jurídica forme profesionales que combinen la teoría del derecho con la práctica discursiva.
“El buen jurista no solo conoce las normas, sino que sabe cómo y porque aplicarlas” (Atienza, 2013, p.112).
De acuerdo con Pérez y Hernández, el uso de las estrategias orales dentro del proceso educativo contribuye al desarrollo positivo de las competencias comunicativas y argumentativas del profesional del derecho, destacan que el incorporar metodologías activas como debates y simulaciones judiciales en la formación jurídica debería ser una necesidad con el que obtendremos verdaderos resultados.
“Las simulaciones judiciales y los debates académicos fomentan el aprendizaje experiencial y la confianza comunicativa” (Perez y Hernandez, 2022, p.118).
Asimismo Cardenas estudia la importancia que tiene la comunicación oral en la formación universitaria de los abogados, ya que el fortalecimiento de la expresión oral en el aula universitaria incrementa la seguridad, el liderazgo y la participación activa en el futuro.
“La argumentación oral permite al estudiante desarrollar pensamiento crítico y habilidades de defensa basadas en la persuasión racional” (Cardenas, 2021, p.60)
Por su parte, Perelman y Olbrechts-Tyteca (2019), desarrollaron la teoría de la argumentación jurídica, en ahí se destaca que el objetivo del discurso jurídico es lograr la adhesión racional del auditorio, debido a que no todos somos juristas.
Es decir que los autores sostienen que toda argumentación persigue obtener la adhesión y provocar una acción o creencia, demostrar algo, por otro lado afirman que la comunicación oral en el derecho debe basarse en el razonamiento lógico y la conexión emocional con el público o el tribunal poder conseguir demostrar su punto de vista, teniendo bases sólidas y comprensibles que lograran que el auditorio entienda lo que llevara a que haya bastante conexión emocional referido al tema que esté tratando el jurista en ese momento.
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